Planes Generales de Urbanismo

planes generales de urbanismoLos planes generales de urbanismo son el instrumento de aplicación de normativa específica para los municipios españoles.  Cada Comunidad Autónoma denomina de forma diferente sus planes generales de urbanismo, aunque esta discordancia se refiera al mismo significado.  En Andalucía, Extremadura y Castilla y León se identifica como Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU); en Castilla-La Mancha, Plan de Ordenación Municipal (POM); en Madrid, Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).  Sin embargo, la legislación urbanística autonómica que define y regula el contenido de cada uno de los planes generales de urbanismo, tiene muchos más conceptos en común que discordantes.  Si hablamos en términos generales, el contenido de los planes generales de urbanismo es similar en cada región española; esto se debe a que la forma de estudiar el territorio, de regular la actividad que se puede realizar en él, y de realizar un buen planeamiento urbano no depende de límites autonómicos sino de elementos físicos y parámetros socioeconómicos.

Todos los planes generales de urbanismo tienen en común un documento informativo y estudio del territorio según sus cualidades físicas, medioambientales, paisajísticas, etc., y cualidades demográficas, sociales, económicas, productivas e infraestructurales.  A raiz de este documento de información se elabora un diagnóstico que sirve de análisis de las necesidades del municipio y permite redactar los planes generales de urbanismo.  El documento urbanístico se compone de una memoria justificativa, unas normas urbanísticas y planos de ordenación.  A partir de aquí los planes generales de urbanismo se complementan con documentos sectoriales que suelen considerarse anexos, que definen y analizan los distintos campos necesarios para definir el planeamiento urbano: arqueología, hidrología, hidráulica, protección histórica y arquitectónica, accesibilidad, medioambiente, acústica, etc.

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Modificaciones puntuales en planes de urbanismo. Collado Mediano

Ordenación de la Modificación Puntual

Ordenación de la Modificación Puntual

El Ayuntamiento de Collado Mediano ha aprobado recientemente una Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de 1990 para corregir la asignación unifamiliar de parcela mínima de 1.000 m2, cuando su entorno tiene la misma ordenanza pero con parcela mínima de 250 m2, o incluso tiene ordenanza de edificación colectiva en tres plantas.

El urbanismo de la Comunidad de Madrid está orientándose a actualizar el planeamiento vigente por medio de modificaciones puntuales. La legislación sobre urbanismo aprobada en los últimos años va en esa dirección. La ley 7/2007 introducía la noción de modificaciones puntuales no sustanciales, e incluso establecía el plazo de un mes para la emisión de informes sectoriales por la Administración. El decreto 92/2008 define el concepto de modificaciones puntuales no sustanciales. Y la ley 9/2010 admite que las modificaciones puntuales puedan variar tanto la clase como la categoría del suelo, aunque sin disminuir las zonas verdes por debajo del estándar del artículo 36 de la ley del suelo.

La modificación puntual de la calle Herrén en Collado Mediano ha tenido en cuenta esta nueva orientación, ateniéndose no obstante a las condiciones generales de la ley del suelo para los Planes Generales: que el área homogénea disponga de suficiente dotación local, que no suponga un aumento de edificabilidad ni una vinculación singular al área afectada, que el cambio de uso o de tipología cumpla las condiciones de la legislación sectorial, etc. Aceptada la viabilidad urbanística de la operación, el Ayuntamiento de Collado Mediano ha aprobado la rehabilitación de los terrenos, pendientes ahora del proyecto de reparcelación y de la concesión de licencias urbanísticas.

 

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Reconversión de Estudios de Arquitectura

RECONVERSIÓN DE ESTUDIOS DE ARQUITECTOS

En los tiempos que vivimos hace falta estrujarse la cabeza para que la economía doméstica sobreviva. Las familias se están volviendo expertas en malabarismo financiero. Uno de los orígenes de este desequilibrio se basa en que como no nos pagan, tampoco podemos pagar nosotros. Por tanto se quedan facturas impagadas que forman parte de una larga cadena de morosidad atascada. Los estudios de arquitectos jóvenes fundados con ilusión en cuanto se captan dos o tres encargos, que suelen ser solicitados por familiares o conocidos, se están encontrando un futuro muy precario.

Este es el motivo principal por el que se empiezan a introducir fórmulas de supervivencia, entre las cuales se encuentra la reconversión de la actividad profesional. Los estudios de arquitectos están empezando a expandir su actividad a los múltiples campos que toca el urbanismo. Sin embargo existen varios problemas que se deben estudiar con profundidad:

1. El urbanismo en ciertas regiones de España está colmatado. Estas zonas lo que en realidad necesitan es planeamiento urbano y ordenación adecuada al entorno.

2. En ciertas escuelas de arquitectura el campo del urbanismo se da soslayado y sin la relevancia suficiente para las consecuencias que trae la mala planificación urbana.

3. Se puede llegar a producir intrusión de competencias, ya que el urbanismo es un atributo de cualificación especializada con la que no cuentan todos los arquitectos.

Para desarrollar un planeamiento urbano que respete el territorio, es fundamental contar con la combinación de dos parámetros: un conocimiento exhaustivo de la legislación estatal, autonómica y local, y la coordinación de un equipo multidisciplinar que sea capaz de cubrir todos los campos necesarios para la planificación urbana (arqueología, hidrología, paisajismo, viabilidad económica, acústica, etc.). Por tanto, en aras de proteger el entorno del que disfrutamos, es necesario que la planificación urbana se realice por urbanistas que tengan sensibilidad con el territorio y conocimiento suficiente para cubrir todos los campos especializados que requiere un buen planeamiento.

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Estudios medioambientales en urbanismo y arquitectura

Estudios medioambientales en Urbanismo y ArquitecturaEl medio ambiente puede definirse como el sistema formado por los seres vivos, el suelo, el agua, el aire y los objetos físicos fabricados por el hombre que lo componen. Tanto el urbanismo como la arquitectura deben tener en cuenta estudios medioambientales que garanticen su conservación.

En urbanismo se trata de generar un entorno urbano que no atente contra el medio ambiente y que además proporcione recursos urbanísticos suficientes, no sólo en cuanto a las formas y la eficiencia energética y del agua, sino también por su funcionalidad, como un lugar que sea mejor para vivir.

La legislación obliga a realizar una serie de estos estudios medioambientales en el campo del urbanismo, con la obligación de someterse todos los planes y programas a una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

Por su lado, en arquitectura el cuidado del medio ambiente debe reflejarse no sólo en el exterior de los edificios, eligiendo las ubicaciones menos dañinas, sino también en el interior de los mismos buscando, por ejemplo, la mayor eficiencia energética y del agua.

Los elementos legales para garantizar que la arquitectura sea respetuosa con el medio ambiente se empiezan a tener en cuenta; por ejemplo, en el Código Técnico de la Edificación, se dan unas pautas de construcción que dan como resultado edificios más sostenibles desde un punto de vista medioambiental.

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LEED-ND. Neighborhood Development

PP arroyo espinoLa prestigiosa organización privada, no lucrativa, de LEED (Leadership in Energy and Environmental Design) que pertenece al Consejo de Edificación Verde de Estados Unidos, lleva tiempo analizando proyectos de edificios y determinando si su calidad es sostenible. LEED evalúa los distintos componentes de los edificios y sus fases de gestación, desde el proyecto hasta la construcción del mismo, y determina su calidad medioambiental finalizando en una certificación de cumplimiento de estándares sostenibles. Durante mucho tiempo, LEED lleva certificando todo tipo de edificios, desde viviendas unifamiliares hasta bloques colectivos, incluyendo todo tipo de edificios dotacionales y de servicios al ciudadano. La novedad que ha introducido este organismo es la certificación de desarrollos urbanos.  En España se formó el Spain Green Building Council, o Consejo de Construcción Verde, que realiza la misma función.

La certificación de desarrollos urbanos se basa en unos requisitos previos que han de cumplir y la asignación de créditos según el nivel de sostenibilidad integrado en el proyecto. En un principio, este método de evaluación fue solicitado por promotores privados que perseguían un mejor acercamiento a la sostenibilidad ambiental en sus proyectos de desarrollos urbanos. Sin embargo, este método puede y debe ser utilizado por todos los participantes en el planeamiento urbanístico, como ayuntamientos, organizaciones gubernamentales, ciudadanos, urbanistas, etc.

Los parámetros básicos en los que se basa la certificación LEED-ND son los principios en los que siempre se ha fijado la arquitectura bioclimática. El buen urbanismo debe fomentar la sostenibilidad utilizando las mismas pautas. La certificación se basa en un proceso de asignación de créditos en los siguientes campos:

• Localización inteligente y conectividad; consideración de la ubicación, alternativas del transporte, protección de áreas sensibles y desestimación de la dispersión.
• Diseño y trama local; áreas equitativas, peatonales y con usos mixtos.
• Edificios e infraestructuras verdes; reducción energética, reutilización del agua, uso sostenible de los materiales, rehabilitación de estructuras históricas.
• Innovación y diseño del proceso; reconocimiento ejemplar del procedimiento innovador, equipo multidisciplinar y profesional en la intervención del diseño.
• Prioridad regional; consideración sobre el medioambiente local y la interacción de éste con el proyecto.

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Informes de Urbanismo en la Comunidad de Madrid

Informes de la administraciónLa legislación urbanística exige cada vez más informes de la Administración para obtener licencias o aprobar planes generales, planes parciales, modificaciones de planes, etc.
La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente tiene como una de sus funciones, la de coordinar la información a otros organismos sobre la tramitación de licencias, planes y programas que requieran sus informes.
Paradójicamente, esta coordinación se está convirtiendo en un tapón para la aprobación de planes generales y planes parciales, ya que unos informes se superponen a otros pendientes de recibir, retrasando innecesariamente la salida del conjunto de autorizaciones.
Es el caso, por ejemplo, de un informe de la Dirección General de Riesgos a un Plan Parcial, que en lugar de expresar el contenido completo de las determinaciones a ese planeamiento, hace referencia a las determinaciones de otro informe sobre el Plan General, ya evacuado pero que sigue detenido en la Dirección General de Evaluación Ambiental por no haber recibido ésta la totalidad de informes requeridos por el Plan General.
El Ayuntamiento en cuestión recibe el informe de Plan Parcial pero la referencia a otro informe de Plan General aún no recibido le hace imposible completar el Plan Parcial conforme a esas determinaciones.
Consecuencia: se retrasa la aprobación del Proyecto de Urbanización y se congelan las licencias de edificación.
Lo mismo ocurre con las Modificaciones Puntuales de planes que puedan requerir informes relacionados con otros planeamientos.
A un nivel más elevado de la planificación urbana, los Programas Comunitarios se apoyan a veces sobre el planeamiento urbano, retrasándose por los motivos expuestos su desarrollo, retraso que choca de inmediato con los plazos de ejecución impuestos por el Programa Comunitario de que se trate.
Solución: racionalizar la función de coordinación de la Administración de la Comunidad de Madrid.

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Estudios de Inundabilidad

Estudio de InundaciónUn aspecto importante a tener en cuenta en la planificación y ordenación territorial es el conocimiento de las zonas inundables y con riesgo de avenidas de las corrientes fluviales que puedan afectar al ámbito de estudio, no sólo en la situación existente (pre-operacional), sino también prever las consecuencias de las actuaciones que se proponga realizar (situación post-operacional).

Deben incluirse Estudios de Inundabilidad como un documento complementario en la redacción de Planes Generales, Planes Parciales y Proyectos de Urbanización, a fin de delimitar las citadas zonas.

Estos estudios constan de dos partes diferenciadas:

Estudio Hidrológico que permite, mediante el análisis de la pluviometría de la zona y de las características físicas de la cuenca hidrográfica de recepción, calcular los caudales máximos de las avenidas de periodos de retorno considerados.

- Estudio Hidráulico para calcular el nivel alcanzado por las aguas para las avenidas consideradas. Una vez determinados los caudales que van a circular en los diferentes escenarios considerados, se utiliza un programa de simulación del comportamiento de una corriente, como Hec-Ras desarrollado por el Hydrologic Engineering Center (U.S. Army Corps of Engineers) que permite simular el comportamiento de un río en el supuesto de estar bajo las condiciones de un régimen variado.
Para obtener resultados correctos con el programa Hec-Ras es necesario una cartografía adecuada y un reconocimiento in situ de los cauces a estudiar, ya que el modelo precisa de una serie de datos geométricos de partida, en forma de secciones transversales situadas a lo largo de un eje, así como una serie de condiciones de contorno. Asimismo han de obtenerse los croquis de las distintas estructuras y puntos singulares a lo largo del cauce, si los hubiere.

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Urbanismo Madrid

urbanismo madridTAU Planificación Territorial SL es una consultoría fundada en 1978 por un grupo de profesionales con un denominador común que les mantiene unidos: el interés por la planificación territorial y urbanística, y el deseo de mantener una presencia personal e innovadora en todos los trabajos.

Sus directores, Javier Elizalde (arquitecto urbanista, MCP por Harvard U., MIT Spurs fellow) y José María Álvarez Perla (Economista, Diplomado en Ordenación del Territorio), aglutinan profesionales de desarrollo local y regional, urbanismo, diseño urbano y arquitectura, y gestión de programas comunitarios y regionales.

Desarrollan funciones de docencia e investigación (fundadores del COT, Curso de Ordenación del Territorio, desde 1975; co-dirección del Master de Urbanismo de la Escuela Libre de Derecho y Economía, 1991-95; participación en diversos Seminarios y publicaciones).

TAU ha llevado a su aprobación definitiva y gestionado con éxito más de 100 planes generales (Zamora y Ávila entre otros), normas subsidiarias, planes especiales y planes parciales, proyectos, estudios de evaluación y programas de la Comunidad Europea (Proyecto Resigmur de RECITE; Proyecto Duero/Douro de TERRA, entre otros) y regionales; y más de 50 estudios y proyectos sectoriales y de diseño de comercio, turismo, desarrollo local, etc.

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